– Recuerda que el uso de bienes del Estado con fines personales es delito de peculado
– Congresista Alejandro Muñante hace lo propio con la Procuraduría General del Estado

maquina-de-combate.com – La valiente congresista Patricia Chirinos le ha remitido un oficio a la Fiscalía de la Nación para que le abra una nueva investigación a Pedro Castillo Terrones por el presunto uso irregular de los helicópteros del Ejército del Perú durante varios traslados a la localidad de San Luis de Puña, en la región Cajamarca.

A continuación, el oficio indicado:

Lima, 17 de agosto de 2022

OFICIO N° 594-2022-2023-PRCHV-CR

Señora
PATRICIA BENAVIDES VARGAS
Fiscal de la Nación
Presente.-

De mi especial consideración,

Sirva la presente para saludarla y, al mismo tiempo, transmitirle mi preocupación a raíz de la reciente revelación periodística sobre el uso indebido, y contrario a la legislación nacional de recursos del Estado por parte del presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones. En específico, me refiero al uso de helicópteros del Ejército del Perú por parte del mandatario para realizar viajes de carácter personal en fines de semana de los meses febrero, abril, mayo y junio.

Al respecto, señora Fiscal de la Nación, serían al menos 10 viajes en helicóptero hacia la comunidad de San Luis de Puña (Tacabamba, Chota, Cajamarca), lugar donde residen los padres del mandatario y donde hace unas semanas se reveló la construcción de un helipuerto informal. En este sentido, las fechas de los viajes en cuestión 19 y 20 de febrero, 15 y 17 de abril, 7 y 8 de mayo y 26 de junio. Asimismo, cabe precisar que, luego de una verificación en el portal web correspondiente, en ninguno de esos días se registran actividades de carácter oficial en la agenda de la Presidencia de la República, por lo que dichos viajes, con el costo material y las horas de vuelo que ello implica, constituyen una clara transgresión a las leyes que el propio señor Castillo está obligado a cumplir, ya que se estaría cometiendo el delito de peculado.

Por todo lo expuesto, y ante la gravedad de lo relatado que no hace más que evidenciar nuevamente la renuencia del señor Castillo por apegarse a la ley, le exhorto respetuosamente, y en concordancia con sus facultades y autonomía constitucional, tenga a bien realizar las diligencias correspondientes a fin de determinar todas las responsabilidades que tengan lugar.

Sin otro particular, me despido reiterándole las muestras de mi más alta estima.

Atentamente,

Actualización al 17 de agosto de 2022:
El congresista Alejandro Muñante le ha remitido un oficio a la Procuraduría General del Estado para que inicie las acciones correspondientes a fin de esclarecer si Pedro Castillo utilizó indebidamente los helicópteros del Ejército del Perú.

A continuación, el oficio remitido a la Procuraduría General del Estado:

Oficio N° 017-2022-2023/AMB/CR

Lima, 17 de agosto de 2022

Señor
JUAN JULCA RAMÍREZ
Procurador Público de la Procuraduría General del Estado
Presente.-

Asunto: Remito denuncia periodística de delito de Peculado
Referencia: Nota Diario Perú 21

De mi especial consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarlo cordialmente y hacer de su conocimiento que por medio de la Nota Informativa del diario del medio local (Perú 21), mi despacho tomó conocimiento del posible uso indebido de los recursos de las Fuerzas Armadas por parte del presidente Pedro Castillo Terrones, quien habría utilizado un Helicóptero del Ejército Peruano Mi-171 para uso personal.

Del reporte emitido por el diario Perú 21 se lee que habría sido alrededor de diez vuelos desde Chiclayo a Puña (Tacabamba, Chota – Cajamarca) sustentado en un reporte oficial elaborado por la Comandancia General de la Aviación del Ejército, donde se tomó conocimiento que existe un Helipuerto informal cerca a la casa de los padres del presidente. Habiéndose gastado una cuantiosa suma de dinero (S/ 20 mil soles por hora de vuelo).

En su calidad de funcionario público como presidente de la República puede usar estos recursos eventualmente, siempre que se trate de labores estrictamente funcionales y relacionados con su cargo, sin embargo, usarlo para fines personales podría tener connotaciones penales como el posible delito de peculado establecido en el artículo 387 del Código Penal Peruano.

Que el artículo 10° del Decreto Legislativo N° 1326 establece que la Procuraduría General del Estado es la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado a cargo de los procuradores públicos conforme al mandato constitucional contenido en el artículo 47° de la Constitución Política del Perú.

Por lo cual solicito en su función de Procurador Público iniciar las acciones correspondientes a fin de esclarecer el tema acotado. Anexo la publicación de la información del Periódico Perú 21, para que siga el trámite que corresponda.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para expresarle mis sentimientos de consideración y estima personal.

Atentamente,

Alejandro Muñante Barrios
Congresista de la República

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