Delitos de narcotráfico, terrorismo, crimen organizado y otros

maquina-de-combate.com – La congresista Rosselli Amuruz Dulanto, integrante del Grupo Parlamentario Avanza País, ha presentado hoy 19 de agosto el Proyecto de Ley N° 037-2021-CR que tiene el objetivo de impedir que investigados o procesados por una serie de delitos puedan ser siquiera considerados para ocupar cargos de Ministros de Estado.

Proyecto de Ley N° 037-2021-CR

Ley que modifica el Artículo 15° de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo

Los congresistas del Grupo Parlamentario Avnaza País, que suscriben, a iniciativa de la congresista de la República Rosselli Amuruz Dulanto, ejerciendo el derecho que les confiere el Artículo 107° de la Constitución Política del Estado, concordante con los artículos 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presentan el siguiente proyecto de ley:

Fórmula legal

El Congreso de la República
Ha dado la siguiente ley:

Ley que modifica el Artículo 15° de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo

Artículo 1.- Modificación del Artículo 15° de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo

Incorpórese el Artículo 15-A Prohibiciones, en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, conforme al siguiente texto:

Artículo 15-A.- Prohibiciones

En cuanto a la conformación del gabinete ministerial, se encuentra prohibidas de jurar como ministros de Estado, aquel ciudadano que esté siendo investigado, procesado o que tenga sentencia condenatoria por algunos de los delitos previstos en los artículos 149, 170 al 178, 296, 297, 298, 299, 300, 301, 302, 316, 317, 393, 393-A, 394, 394-A, 395, 396, 397, 397-A, 398, 399, 400 y 401 del Código Penal, así como en el Decreto Ley N° 30077.

Si alguno de los ministros del Estado, resulta ser investigado o procesado por alguno de los delitos referidos, es removido del cargo y el Presidente de la República procede a designar a su reemplazo.

Lima, 17 de agosto de 2021

Rosselli Amuruz Dulanto
Congresista de la República

Los delitos a los que se refiere el proyecto de ley es la omisión de asistencia familiar (incumplimiento de obligación alimentaria), violación a la libertad sexual, tráfico ilícito de drogas, apología de un delito, asociación ilícita, corrupción de funcionarios, terrorismo y crimen organizado.

Además, el Perú ha firmado una serie de instrumentos internacionales para la lucha contra las drogas y el narcotráfico, tratados y acuerdos para luchar contra la corrupción, instrumentos internacionales para luchar contra el terrorismo y el crimen organizado, los cuales obligan al Perú “a velar porque sus autoridades competentes tengan en cuenta la gravedad de estos delitos”.

En la Vigésima Séptima Política de Estado del Acuerdo Nacional, el Perú se compromete a tener una política integral contra las drogas. La Trigésima Política de Estado del Acuerdo Nacional obliga al Perú a eliminar el terrorismo. En la Vigésima Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional se estipula que el Perú se compromete a afirmar principios éticos y valores sociales que promuevan la vigilancia ciudadana y que produzcan niveles crecientes de paz, transparencia, confianza y efectiva solidaridad.

Por tales motivos, los ministros de Estado no pueden generar dudas sobre vinculaciones irregulares durante su mandato, sin afectar la presunción de inocencia sino que el señor en cuestión tendrá simplemente que buscarse otro trabajo porque un ministro de Estado se debe concentrar en prácticas de buen gobierno.

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