– La denuncia se extiende a los que resulten responsables
– Presuntos delitos de conspiración para una rebelión, sedición o motín

maquina-de-combate.com – El Congresista y Almirante en retiro Jorge Montoya, ha presentado una denuncia constitucional contra el primer ministro Aníbal Torres y aquellos que resulten responsables por “los delitos de Conspiración para una rebelión, sedición o motín, omisión de resistencia a rebelión, sedición o motín”.

En la denuncia constitucional por infracción constitucional presentada ante la Presidenta del Congreso de la República, congresista Lady Camones, se señala “que el día miércoles 10 de agosto de 2022, el señor Pedro Castillo Terrones, presidente de la República, invitó a Palacio de Gobierno a dirigentes e integrantes de organizaciones sociales, pueblos indígenas y ronderos, quienes en declaraciones públicas se pronunciaron en contra del Congreso de la República y pidieron su cierre. En dicha reunión y en presencia del mandatario de la nación, el señor presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres Vásquez, azuzó a los dirigentes de diversas organizaciones sociales a movilizarse hacia la ciudad de Lima para hacer ‘arrodillar’ a los ‘golpistas’ e implantar una nueva Constitución Política, en clara alusión del Congreso de la República”.

Agrega la denuncia constitucional “que, en esa ocasión el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, se refirió a próximas movilizaciones en la capital para defender el gobierno de Pedro Castillo, indicando que “si cada uno con esa energía que tienen, con esa capacidad que tienen, con esa voluntad para defender sus intereses, de sus hijos y de los hijos de sus hijos, que trajeran a Lima 50 personas cada uno, entonces harían arrodillar a los golpistas, los obligarían a que tengamos una Constitución que beneficie a todos los peruanos y no solamente a una determinada clase, a un sector del poder económico”.

Continúa la denuncia, sosteniendo “que, además, el jefe del gabinete ministerial acusó al Ministerio Público de cometer ‘abuso de derechos’ y de ‘interferir en las actividades del presidente y del Ejecutivo’ con el operativo en Palacio de Gobierno para detener a Yenifer Paredes, cuñada del mandatario. Es decir, Torres Vásquez no solo desconoce las funciones de una institución autónoma, sino que además les da a entender a los dirigentes (a quienes azuza) que la fiscalía actúa ilegalmente”.

“Que, Aníbal Torres Vásquez afirmó que “Como no han podido políticamente en el Congreso, reunir 87 votos, ahora entran en convivencia con el sistema de justicia y allí tienen el Ministerio Público. ¿ Cómo actúa ahora ? Con un extraordinario abuso de ciertos fiscales y jueces, con la ayuda por supuesto de la prensa limeña”. Con estas afirmaciones, Torres Vásquez profiere una presunta alianza ilegal entre el Congreso, la Fiscalía y los medios de comunicación, y agrega que interferimos en las actividades del presidente y del poder ejecutivo, situación que es falso ya que cada una de las instituciones mencionadas, cumplen con sus funciones y responsabilidades”.

Añade la denuncia constitucional “Que, resulta evidente que las declaraciones y afirmaciones del señor presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres Vásquez, tienen como objetivo provocar y crear un estado de zozobra, alarma o temor en la población o en un sector de ella. ¿ Cómo haría arrodillar a los supuestos golpistas el señor Torres y las personas a las que ha azuzado ? ¿ Para qué les pide que cada uno puede traer 50 personas más a Lima ? Está claro que sus afirmaciones instigan a otras personas para realizar actos contra la seguridad de los edificios públicos, en este caso, el Congreso de la República”.

“Que, además de ello, los dirigentes de los ronderos, debidamente identificados, han salido en defensa del señor Castillo Terrones,quien a la fecha tiene abiertas seis carpetas fiscales de investigación en el Ministerio Público, por presuntamente liderar una organización criminal que involucra, en delitos graves de corrupción, a ministros de estado, a ex funcionarios de su despacho presidencial, y a sus familiares directos”.

“Que, de acuerdo al inciso 1, del Artículo 118 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República: ‘Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales’; sin embargo y pese a que estas expresiones fueron dichas en presencia del mandatario de la nación, jamás las cuestionó y muy por el contrario las avaló, anunciando que desde ese día habrá “marchas de organizaciones sociales de diversas regiones del país hacia la ciudad de Lima”.

Agrega la denuncia “que, el mandatario saludó esta supuesta iniciativa y les pidió a esas organizaciones que ‘levantando, alzando su voz – como los ronderos, como las universidades y ustedes como dirigentes -, invocó que no solamente sean defensores de la democracia, sino que sean parte activa de este gobierno a través de los ministerios y tengan participación”.

Luego, la denuncia pasa a los fundamentos de derecho, sección en la cual describe los delitos que se le imputan al acusado.

Motín
Artículo 348 del Código Penal Peruano: “El que, en forma tumultuaria, empleando violencia contra las personas o fuerza en las cosas, se atribuye los derechos del pueblo y peticiona en nombre de éste para exigir de la autoridad la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de seis años”.

Conspiración para una rebelión, sedición o motín
Artículo 349 del Código Penal Peruano: “El que toma parte en una conspiración de dos o más personas para cometer delitos de rebelión, sedición o motín, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de la mitad del máximo de la señalada para el delito que se trataba de perpetrar”.

Omisión de resistencia a rebelión, sedición o motín
Artículo 352 del Código Penal Peruano: “El funcionario o servidor público que, pudiendo hacerlo, no oponga resistencia a una rebelión, sedición o motín, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años”.

Inhabilitación
Artículo 353 del Código Penal Peruano: “Los funcionarios, servidores públicos o miembros de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, que sean culpables de los delitos previstos en este Título, serán reprimidos, además, con inhabilitación de uno a cuatro años conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 8”.

Sin embargo, ahí no quedan los delitos que probablemente haya cometido el imputado, puesto que la denuncia constitucional señala que “la conducta de las mencionadas autoridades también podrían configurar el delito de terrorismo, tipificado en el artículo 2 del Decreto Ley N° 25475, que establecen la penalidad para los delitos de terrorismo y los procedimientos para la investigación, la instrucción y el juicio, modificado por el Artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1249, que señala lo siguiente:

Artículo 2.- Descripción del delito
El que provoca, crea o mantiene un estado de zozobra, alarma o temor en la población o en un sector de ella, realiza actos contra la vida, el cuerpo, la salud, la libertad y seguridad personales o contra el patrimonio, contra la seguridad de los edificios públicos, vías o medios de comunicación o de transporte de cualquier índole, torres de energía o transmisión, instalaciones motrices o cualquier otro bien o servicio, empleando armamentos, materias o artefactos explosivos o cualquier otro medio capaz de causar estragos o grave perturbación de la tranquilidad pública o afectar las relaciones internacionales o la seguridad de la sociedad o de cualquier Estado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinte años”.

Si quiere leer la denuncia constitucional, haga click en el siguiente enlace: Denuncia Constitucional contra el premier Aníbal Torres

Actualización al 16 de agosto de 2022:
La opinión de la congresista Adriana Tudela sobre las afirmaciones del premier Aníbal Torres.

Actualización al 17 de agosto de 2022:
El Pleno del Congreso de la República ha aprobado con 73 votos a favor la propuesta para que Aníbal Torres, presidente del Consejo de Ministros, se presente el 18 de agosto de 2022, a las 16:00 horas, tiempo local, para que explique sus declaraciones sobre movilizaciones hacia la ciudad de Lima.

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