– Por relevo abrupto de los comandantes generales del Ejército y Fuerza Aérea

maquina-de-combate.com – La congresista Patricia Chirinos ha presentado hoy 09 de noviembre una denuncia constitucional contra el ministro de Defensa Walter Ayala por el abrupto relevo de los comandantes generales del Ejército del Perú y Fuerza Aérea del Perú, así como por los supuestos intentos desde el Poder Ejecutivo para influenciar el proceso de ascensos militares recientemente concluido.

A continuación el texto de la denuncia constitucional:

SUMILLA: FORMULO DENUNCIA CONSTITUCIONAL CONTRAMINISTRO DEDEFENSA, WALTER AYALA GONZALES, POR DELITOS DE COACCIÓN Y PATROCINIO ILEGAL, SOLICITANDO AUTORIZAR SU PROCESAMIENTO JUDICIAL

SEÑOR PRESIDENTE DE LA SUBCOMISIÓN DE ACUSACIONES CONSTITUCIONALES DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA:

PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS, Congresista de la República, identificada con DNI _______, con domicilio procesal en Palacio Legislativo … ante usted, con el debido respeto, me presento y digo:

I. PETITORIO

Que, FORMULO DENUNCIA CONSTITUCIONAL CONTRA MINISTRO DE DEFENSA, WALTER AYALA GONZALES, POR DELITOS DE COACCIÓN Y PATROCINIO ILEGAL, SOLICITANDO AUTORIZAR SU PROCESAMIENTO JUDICIAL, en base a los fundamentos de hecho y derecho que detallo a continuación:

II. FUNDAMENTOS DE HECHO:

1. Que, el señor WALTER AYALA GONZALES es actualmente Ministro de Defensa, cargo que desempeña desde el 29 de julio del presente año, nombrado mediante la Resolución Suprema N° 066-2021-PCM.

2. Que, mediante Resoluciones Supremas firmadas por el Ministro de Defensa y el Presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, se resolvió concluir los nombramientos de los Comandantes Generales del Ejército y la Fuerza Aérea del Perú (José Alberto Vizcarra Álvarez y Jorge Luis Chaparro Pinto).

3. Que, con posterioridad a estos cambios en los altos mandos de las Fuerzas Armadas, se conoció que el General de División, José Vizcarra, sostuvo que fue relevado del cargo de Comandante del Ejército sin mayor motivación.

No solo ello, sino que también sostuvo que el Secretario Presidencial Bruno Pacheco y el Ministro de Defensa, Walter Ayala, así como el mismo Presidente de la República, Pedro Castillo, le solicitaron ascender irregularmente a dos (02) coroneles.

Sobre el particular, señaló lo siguiente: “Yo sí recibí algunos pedidos que me hicieron conocer antes del proceso. A través del Secretario Bruno Pacheco y el Ministro de Defensa y los mensajes a través del edecán del Ministro de Defensa. Eran varios los recomendados y en diversos cargos”. También señaló lo siguiente: “El señor Ministro llamó por teléfono a Palacio y me increpó que los recomendados no habían ascendido y que el secretario (Pacheco) estaba incómodo”.

Por último, indicó lo siguiente: “Yo pensaba que el Presidente no tenía conocimiento de esta situación, entonces le manifesté de esta situación y (el Presidente Pedro Castillo) después de sugerirme de cómo hacer ascender al señor Ciro Bocanegra, le manifesté que no era posible porque no respetaba las reglas”.

4. Que, en la misma línea, el ex Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, Jorge Luis Chaparro Pinto, señaló en un medio nacional donde estuvo que:

“El ministro me dijo que era un pedido de arriba, había que ascender al general Briceño, y a los coroneles Castillo y Vilca”.

Asimismo indicó que: “Me sorprendió que estos oficiales se valgan de terceras personas para obtener un beneficio. Esto es una vergüenza para la institución”.

5. Que, las acciones realizadas por el Ministro de Defensa, por la forma como han sido desarrolladas, representan graves indicios de la comisión de dos (02) delitos, como son el delito de coacción y patrocinio ilegal, por los fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

6. Que, de acuerdo al artículo 99° de la Constitución Política “Corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso: al Presidente de la República; a los representantes a Congreso; a los Ministros de Estado; a los miembros del Tribunal Constitucionales; a los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; a los vocales de la Corte Suprema; a los fiscales supremos, al Defensor del Pueblo y al Contralor General por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas”. (el resaltado y subrayado es nuestro).

En el presente caso, el denunciado es actualmente Ministro de Defensa y, por tanto, es sujeto de antejuicio político, por lo que antes de ser denunciado ante el Ministerio Público debe existir una autorización del Congreso de la República.

7. Que, el Código Penal regula el delito de coacción, el cual se encuentra tipificado de la siguiente manera:

“Coacción Artículo 151°. El que, mediante amenaza o violencia, obliga a otro a hacer lo que la ley no manda o le impide hacer lo que ella no prohíbe será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años”.

En el presente caso, existen serios indicios, por lo declarado por el General José Vizcarra, que el Ministro denunciado habría cometido dicho delito al haber amenazado para obligar al citado General a ascender a personas de su entorno.

8. Que, el Código Penal también regula el delito de patrocinio ilegal, el cual se encuentra tipificado de la siguiente manera:

“Patrocinio ilegal Artículo 385°.- El que, valiéndose de su calidad de funcionario o servidor público, patrocina intereses de particulares ante la administración pública, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor a dos años o con prestación de servicio comunitario de veinte a cuarenta jornadas”.

En el presente caso, existen serios indicios que el Ministro denunciado también habría incurrido en este delito debido a que ha patrocinado intereses de personas que, inclusive, tendrían vinculaciones al Presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones.

9. Que, por lo expuesto, es necesario que la denuncia constitucional sea aprobada por el Congreso de la República para permitir que el Ministerio Público investigue al Ministro denunciado por los delitos antes mencionados.

POR TANTO:

A usted Señor PRESIDENTE DE LA SUBCOMISIÓN DE ACUSACIONES CONSTITUCIONALES, SOLICITO SE SIRVA TENER PRESENTE ESTA DENUNCIA, DECLARARLA FUNDADA Y AUTORIZAR EL PROCESAMIENTO DEL DENUNCIADO POR LOS DELITOS DE COACCIÓN Y PATROCINIO ILEGAL.

(…)

Lima, 08 de noviembre de 2021

 

Actualización al 11 de noviembre de 2021:
La congresista Patricia Chirinos ha ampliado la denuncia constitucional que ha presentado contra el aún ministro de Defensa Walter Ayala, incorporando la comisión de infracción constitucional, solicitando su destitución e inhabilitación para ejercer función pública alguna por un período de diez años.

En la ampliación de la denuncia constitucional se solicita tomar las declaraciones de pedro Castillo Terrones y de su secretario Bruno Pacheco.

A continuación parte de la ampliación de la denuncia constitucional:

I. PETITORIO
Que, AMPLÍO LA DENUNCIA CONSTITUCIONAL N° 201/2021-2026, INCORPORANDO LA COMISIÓN DE INFRACCIÓN CONSTITUCIONAL DEL MINISTRO DE DEFENSA, WALTER AYALA GONZALES, SOLICITANDO SU DESTITUCIÓN E INHABILITACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA POR 10 AÑOS, en base a los fundamentos de hecho y de derecho que detallo:

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. Que, mediante la Denuncia Constitucional 201/2021-2026, se solicitó el procesamiento judicial del Ministro Walter Ayala Gonzales por la presunta comisión de los delitos de coacción y patrocinio ilegal, en base a la interferencia que habría ejercido para el nombramiento de altos mandos en el Ejército y Fuerza Aérea del Perú.

2. Que, mediante la presente comunicación, se amplía la denuncia constitucional 201, incorporando como parte de la denuncia la comisión de infracción al artículo 39 de la Constitución Política del Perú, razón por la cual se solicita su destitución e inhabilitación por 10 años para el ejercicio de la función pública, en base a los fundamentos de derecho que se exponen a continuación;

(…)

En el presente caso, el denunciado es actualmente Ministro de Defensa y, por tanto, es sujeto de juicio político.

4. Que, uno de los deberes que tiene todo funcionario público es estar al servicio de la nación, ello se desprende de lo establecido en el artículo 39 de la Constitución, el cual señala que “todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la nación”.

Este deber habría sido incumplido por el denunciado Ministro Walter Ayala, toda vez que habría interferido y patrocinado intereses de terceros para el nombramiento de altos mandos militares del Ejército del Perú. En ese sentido, en vez de usar su cargo para servir a la nación, habría usado su cargo para sus propios intereses e, inclusive, los del Presidente Pedro Castillo Terrones, quien también habría buscado favorecer a otros oficiales de las Fuerzas Armadas más cercanos a sus intereses de acuerdo a lo señalado por el General José Vizcarra;

POR TANTO:

A usted Señor PRESIDENTE DE LA SUBCOMISIÓN DE ACUSACIONES CONSTITUCIONALES, SOLICITO SE SIRVA TENER PRESENTE ESTA AMPLIACIÓN DE DENUNCIA Y DE MEDIOS PROBATORIOS.

(…)

V. NUEVOS MEDIOS PROBATORIOS

1. Declaración testimonial (que deberá ser solicitada) del Presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, para que brinde su versión sobre lo dicho por el General José Vizcarra, en el sentido que le habría sugerido ascender al señor Ciro Bocanegra.

2. Declaración testimonial (que deberá ser solicitada) del señor Bruno Pacheco Castillo, Secretario General del Despacho Presidencial de José Pedro Castillo Terrones, para que brinde su versión sobre lo dicho por el General José Vizcarra, en el sentido que habría sugerido recomendados en los procesos de ascensos en el Ejército del Perú.

Lima, 10 de noviembre de 2021.

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