– Cientos de militares en retiro que han sido perseguidos judicialmente durante años, de manera ilegal, verán archivados sus casos.

Comisión Permanente del Congreso en sesión. Julio de 2024. Foto: Congreso de la República del Perú

Perú – Día 0042 – Con 15 votos a favor, 12 en contra y ninguna abstención, la Comisión Permanente del Congreso de la República del Perú aprobó en segunda votación el dictamen sobrerecaído en el Proyecto de Ley 6951/2023-CR, que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana.

De acuerdo al dictamen, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entró en vigencia en el ordenamiento jurídico peruano el 1 de julio de 2002, por lo que tiene competencia temporal únicamente respecto de los hechos sucedidos después de su entrada en vigor.

Del mismo modo, la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad entró en vigencia en el ordenamiento jurídico peruano el 9 de noviembre de 2003, por lo debe ser aplicado únicamente respecto a hechos sucedidos después de su entrada en vigor en el país.

“Los delitos cometidos con anterioridad a la entrada en vigencia para el Perú del Estatuto de Roma, y de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, según lo dispuesto en los artículos 2 y 3, prescriben en los plazos establecidos en la ley nacional”, se detalla en la propuesta.

Asimismo, se agrega que la inobservancia de las disposiciones contenidas en la presente ley constituye una vulneración del principio de legalidad y de las garantías del debido proceso; siendo nula e inexigible en sede administrativa o judicial toda sanción impuesta.

“Nadie será procesado, condenado, ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 01 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, se precisa.

La propuesta fue sustentada por la presidenta de la Comisión de Constitución y Reglamento, legisladora Martha Moyano (Fuerza Popular), quien alegó que la iniciativa no busca una amnistía y tampoco un desconocimiento de los compromisos del Estado peruano en materia de derechos humanos.

Cabe destacar dicha propuesta fue presentada por el parlamentario y exministro del Interior, Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), quien anteriormente aseveró que su propuesta busca “restaurar la legalidad en el Perú”.

Posteriormente, la Comisión Permanente rechazó una reconsideración a la votación presentada por los congresistas Isabel Cortez (CD-JPP) y Bernardo Quito (No A). Votaron a favor de la reconsideración 11 legisladores, 15 en contra y 0 abstenciones.

La primera votación de este dictamen se dio en la sesión del Pleno del Congreso realizada el pasado 6 de junio. Cabe indicar que a mediados de junio, con 91 votos a favor y 17 en contra, el Pleno del Parlamento aprobó el proyecto de resolución legislativa que delega a la Comisión Permanente la facultad de legislar entre el día siguiente del término de la segunda legislatura ordinario del Período Anual de Sesiones 2023-2024 hasta el 19 de julio del 2024.

Con información del Congreso de la República del Perú