Perú – Día 00469: Régimen de Pedro Castillo ha decidido remover al general Óscar Arriola de la dirección de la Dircote

– Según reporte de Perú 21

Organigrama de la Dircote. Foto: Dircote

maquina-de-combate.com – El diario Perú 21 ha informado que el régimen de Pedro Castillo ha decidido concluir las funciones del general Óscar Arriola como director de la Dirección Contra el Terrorismo (Dircote) de la Policía Nacional del Perú, un reconocido y eficiente oficial policial que ha manifestado en repetidas oportunidades su voluntad para liquidar de una vez por todas a los remanentes terroristas que aún operan en el VRAEM (Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro).

Según indica el artículo del diario, el general Arriola «estaba en la mira de la actual administración desde hacía meses; sin embargo, recién ahora se concreta algún cambio».

El reemplazo del general Arriola sería un nuevo desacierto de la inercia a la que Pedro Castillo llama administración estatal, un régimen que no tiene una sola obra en su haber y que solamente acumula investigaciones fiscales por supuesta corrupción. Los ministros, primer ministro y Pedro Castillo se dedican a hacer turismo con los activos y recursos del Estado, a promover divisionismo entre peruanos, a defenderse de las investigaciones fiscales, descuidando sus responsabilidades ministeriales y presidenciales.

El punto es tal que Pedro Castillo ha llegado al extremo de apoyar la marcha que se desarrolla hoy 10 de noviembre de 2022 en la ciudad de Lima y que tiene como uno de sus objetivos el cierre del Congreso de la República, habiendo recibido en Palacio de Gobierno a un grupo de las personas integrantes de dicha protesta, una protesta cuya organización ha impedido la celebración del Pleno programado para hoy en el Parlamento, con lo que Castillo ha incumplido uno más de sus deberes constitucionales y habría infringido el Artículo 117 de la Constitución Política del Perú.

Lo dijimos hace unos meses, solicitando su renuncia a Pedro Castillo por que si seguía ocupando la Presidencia del Perú lo único que iba a acumular son investigaciones fiscales por su incapacidad, ignorancia e incapacidad moral permanente, lo que se viene cumpliendo a pie juntillas, habiendo llegado a involucrar a buena parte de su familia en sus actividades fuera de sus obligaciones presidenciales.

Cabe indicar que una denuncia constitucional y una acusación constitucional no son lo mismo. Para transitar de la denuncia a la acusación constitucional se requiere de la acción del Parlamento.

 

Es menester recordar además el Inciso 1 del Artículo 118 de la Constitución Política del Perú (Corresponde al Presidente de la República): «1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados y leyes y demás disposiciones legales.» En otras palabras, quien ejerza las funciones de presidente de la República es el primero llamado a velar por el cumplimiento de las leyes.

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