– Ante intempestivos cambios en el alto mando militar realizados por Pedro Castillo

Sede del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en la ciudad de Lima. Foto: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas

maquina-de-combate.com – El Congreso de la República ha promulgado la Ley N° 31496 “Ley que modifica el Artículo 10 de la Ley 28359, Ley de Situación Militar de los oficiales de las Fuerzas Armadas” en la que regula las causales para reemplazar al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a los Comandantes Generales de los tres institutos armados.

La modificación de la Ley de Situación Militar se ha hecho necesaria antes los intempestivos cambios que ha realizado Pedro Castillo en el alto mando militar, olvidando que dichos cargos son puestos de carrera que se asumen en línea al escalafón militar y que no son meros cargos de confianza.

La Ley N° 31496 señala que los generales y almirantes que sean nombrados Jefe del Comando Conjunto o comandante general de uno de los tres institutos armados ejercen dichas funciones por un período de dos años que pueden prorrogarse por un año adicional únicamente en el caso del Jefe del Comando Conjunto.

De acuerdo a esa misma norma, el Jefe del Comando Conjunto o los Comandantes Generales pueden ser cesados antes de los dos años por las siguientes causas:

– Muerte.
– Solicitud de pase a retiro del Jefe del Comando Conjunto o de los Comandantes Generales.
– Incapacidad física permanente debidamente declarada por una junta médica, que precise la inhabilitación para el ejercicio de la función.
– Incurrir en falta muy grave, de acuerdo al régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas.
– Incurrir en la comisión de delito doloso declarada por sentencia firme del Poder Judicial.
– Incurrir en la comisión de delito flagrante.

Asimismo, “el motivo del cese deberá ser comunicado de manera personal por el Presidente de la República, quien le entregará además un documento por escrito, debidamente sustentado en una de las causales de cese”.

Además, si el oficial que ejerce el cargo de jefe del Comando Conjunto o de Comandante General cumple los 40 años de servicios estando en funciones, pasa a la situación de retiro.

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