– Ante la Corte Superior de Justicia de Lima
– Exhorta al Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Presidencia del Consejo de Ministros y a la Presidencia de Perú a abstenerse de medidas similares en el futuro

Sede de la Defensoría del Pueblo en la ciudad de Lima. Desde hace meses, esta entidad se ha convertido en férrea defensora de la democracia en el Perú y viene validando los objetivos que se plantearon al crearla en la Constitución Política de 1993. Foto: Defensoría del Pueblo

maquina-de-combate.com – La Defensoría del Pueblo ha presentado un recurso de hábeas corpus ante la Corte Superior de Justicia de Lima contra el Ministerio de Defensa del Perú, Despacho de la Presidencia de Perú, Ministerio del Interior del Perú y contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para eliminar la inconstitucional medida que ha implantado el toque de queda general en las ciudades de Lima y Callao durante el 5 de abril de 2022 por protestas que se iniciaron en ciudades de provincias.

En el texto del recurso de hábeas corpus presentado por el defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez Camacho, se lee lo siguiente:

“Interpongo DEMANDA DE HÁBEAS CORPUS contra el presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres Vásquez, el ministro de Defensa, José Luis Gavidia Arrascue, el ministro del Interior, Alfonso Chávarry Estrada, y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix I. Chero Medina, por la vulneración del derecho fundamental a la libertad de tránsito y los principios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad, al disponer la inmovilización social obligatoria (nota de edición: es en realidad un toque de queda) de todas las personas en sus domicilios, en Lima Metropolitana y la provincia constitucional del Callao, desde las 2:00 horas y hasta las 23:59 horas del martes 05 de abril de 2022, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo 034-2022-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y la provincia constitucional del Callao.

En ese sentido, solicitamos se declare fundada la demanda y, por consiguiente, se disponga dejar sin efecto la inmovilización obligatoria decretada para el día 5 de abril, desde las 2 am hasta las 11:59 pm, así como exhortar a las codemandadas de abstenerse en volver as incurrir en una medida de igual o similar naturaleza, bajo responsabilidad”.

Para leer el recurso de hábeas corpus completo, haga click en el siguiente enlace: Recurso de Hábeas Corpus presentado por la Defensoría del Pueblo

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