Presentan proyecto de ley para entregar una copia de las actas electorales al Comando Conjunto del Perú
– Para garantizar transparencia en los procesos electorales.
Perú – Día 0084 – El congresista y almirante (r) José Cueto Aservi ha presentado el Proyecto de Ley N° 3955/2022-CR para modificar la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N° 26859) y retornar a la anterior práctica de entregar una copia de las actas electorales a las Fuerzas Armadas. En el proyecto de ley del congresista Cueto se estipula entregar una copia de las actas al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Para tal fin, se modifican los Artículso 291 y 300 de la Ley N° 26859 de tal manera que «luego de concluido el proceso de escrutinio, se entregue un ejemplar del acta electoral, junto con las cédulas escrutadas y no impugnadas de las Mesas de Sufragio, al oficial o personal responsable de las Fuerzas Armadas, designado para tal fin».
De los seis ejemplares del Acta Electoral, si se aprueba el proyecto de ley se enviará uno al Jurado Nacional de Elecciones (JNE); uno a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE); uno al Jurado Electoral Especial de la respectiva circunscripción electoral; uno a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de la circunscripción electoral; uno al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas a través del oficial o personal responsable designado para tal fin; y uno se pone a disposición del conjunto de organizaciones políticas, a través del mecanismo que establezcan sus personeros legales.
El ejemplar del Acta Electoral dirigido al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas se introduce en un sobre específicamente destinado para ese fin. En el sobre se anotan el número de mesa y en su interior se insertan también las cédulas escrutadas y no impugnadas, debiendo constar los que la mesa resolció, después de concluido el escrutinio.
El sobre debe ser entregado por el presidente de la Mesa de Sufragio al oficial o personal militar responsable, quien se hace cargo de su custodia y bajo responsabilidad la traslada al Comando Conjunto según las disposiciones que establezca el propio Comando Conjunto para tal finalidad.
Los sobres que contienen las Actas Electorales y las cédulas de votación escrutadas y no impugnadas, serán almacnadas en instalaciones de las Fuerzas Armadas hasta que haya concluido el proceso electoral con la proclamación de los resultados electorales correspondientes. Se procede luego a la destrucción de los documentos, en coordinación con la ONPE y JNE.
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