Perú – Día 0052: Congreso precisa la aplicabilidad de la Cuestión de Confianza
Clarifica artículos 132 y 133 de la Constitución Política del Perú
maquina-de-combate.com – Con 74 votos a favor, 41 en contra y tres abstenciones, el Pleno del Congreso de la República del Perú aprobó – en primera votación – la propuesta de la Comisión de Constitución que propone una ley que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza regulada en el último párrafo del Artículo 132 y en el Artículo 133 de la Constitución Política del Perú.
El proyecto de ley aprobado se exoneró de segunda votación con 80 votos a favor, 40 votos en contra y ninguna abstención.
En su único artículo, plantea que la facultad que tiene un ministro y la del presidente del Consejo de Ministros a nombre del Consejo, de plantear una Cuestión de Confianza conforme al último párrafo del Artículo 132 y al Artículo 133 de la Constitución Política del Perú, está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de Gobierno, no encontrándose, entre ellas, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionalmente autónomos.
En sus disposiciones complementarias finales, indica que la Cuestión de Confianza es aprobada o rehusada luego de concluido el debate y luego de realizada la votación conforme al Reglamento del Congreso. El resultado de la votación es comunicado expresamente al Poder Ejecutivo mediante oficio para que surta efecto. Solo el Congreso de la República puede interpretar el sentido de la decisión. Los alcances de la presente ley no tienen consecuencias o impacto retroactivos y rigen a partir del día siguiente de su publicación.
La presidenta de la Comisión de Constitución, Patricia Juárez (Fuerza Popular), sustentó el dictamen en mayoría señalando que es necesario regular de mejor manera la Cuestión de Confianza en la Constitución Política, para que tanto el Poder Ejecutivo como el Congreso de la República desarrollen sus funciones y atribuciones de manera coherente al texto Constitucional, sin tener que entrar en conflicto por la interpretación de la misma. Ello coadyuvará a mejorar las relaciones entre ambos poderes del Estado, que a su vez generará confianza la población y en el propio sistema democrático.
Por su parte, el parlamentario Edgard Reymundo Mercado (Juntos por el Perú) sustentó el dictamen en minoría, el cual propuso la no aprobación de la propuesta que modifica el artículo 133 de la Constitución Política del Perú, sobre la cuestión de confianza por ser inconstitucional.
Durante el debate, las bancadas de Fuerza Popular, Alianza Para el Progreso, Avanza País y Acción Popular se mostraron a favor de la propuesta e indicaron que tienen el deber histórico de defender las competencias del Poder Legislativo. En tanto, las bancadas de Perú Libre y Juntos por el Perú señalaron que la propuesta es inconstitucional y propusieron una nueva Constitución, aún cuando existen mecanismos para actualizar la Constitución Política del Perú, la cual, desde 1993 ha servido de palanca y marco fundamental para multiplicar el Producto Bruto Interno (PBI), reducir significativamente la pobreza, promover el emprendimiento y la inversión privada, multiplicar las exportaciones, convertir al Perú en un país de ingreso mediano y colocarlo en la senda del desarrollo, difundir al Perú como un país atractivo para el turismo (la industria sin chimeneas) y como lugar confiable y rentable para la inversión extranjera, entre muchas otras cualidades del texto Constitucional, que requiere de algunos cambios para adecuarla a los tiempos, tiempos que no requieren de una absurda e ilegal nueva Constitución sino de gestores eficientes en el Poder Ejecutivo, algo de lo que lamentablemente el Perú carece en estos momentos.
Al referirse a la aprobación de la norma que precisa la aplicabilidad de la Cuestión de Confianza, la congresista Adriana Tudela sostuvo que «la ley aprobada en primera votación sobre la cuestión de confianza ayudará a fortalecer el Estado de derecho y asegurará que el poder político se ejerza dentro de los límites de la Constitución. No más interpretaciones arbitrarias que atentan contra el equilibrio de poderes».
Actualización al 11 de octubre de 2021:
Tal como se esperaba, la administración estatal de Pedro Castillo observó la ley aprobada por el Congreso que precisa los alcances de la cuestión de confianza. En la ley se remarca que el Ejecutivo no puede presentar cuestiones de confianza sobre competencias exclusivas del Parlamento, un concepto que hasta un adolescente carente de conocimiento de derecho puede entender rápidamente si se le explica el concepto de equilibrio de poderes.
A pesar de la simplicidad de la norma aprobada por el Congreso, el Poder Ejecutivo ha señalado que afecta el principio de equilibrio de poderes, cuando en realidad es todo lo contrario. La norma hace precisiones a la aplicabilidad de la cuestión de confianza, puesto que la administración que lideró el vacado expresidente Martín Vizcarra cerró un Congreso bajo la suposición que le habían negado la confianza por segunda vez, alegando una supuesta «negación fáctica», una definición inexistente en el marco legal peruano. Dando real lastima, el Tribunal Constitucional, en decisión dividida (4-3), no le dio la razón a un Parlamento muy mal cerrado, optando sin mayor rubor por apoyar la situación de hecho, que el Congreso estaba cerrado, cuando estaba en su poder retrotraer la situación hasta antes del cierre irregular del Congreso, a pesar de que ello hubiese derivado en la destitución del entonces presidente. Unos meses más tarde se iniciaba la desastrosa gestión de la pandemia del Covid-19, cuyo elevadísimo costo en vidas de peruanos quedará en las consciencias de las personas que apoyaron tal legicidio.
Sobre los cuestionamientos de representantes del Poder Ejecutivo a la precisión de la aplicabilidad de la cuestión de confianza, el congresista Alejandro Muñante, ha aseverado que «los enemigos de la democracia y los que quieren convertir al congreso en una simple mesa de partes, son los q han puesto el grito al cielo con la norma que delimita la Cuestión de Confianza. No les bastó que su mal uso haya traído un cierre del congreso y a un expremier amenazador».
«El rechazo a esta norma sólo evidencia dos cosas: 1)Desconocimiento de lo que el Tribunal Constitucional ha indicado con respecto al mal uso de la Cuestión de Confianza (STC 0006-2019. Fund 199). 2)Desprecio por un correcto balance de poderes, quieren someter al Congreso, institución que sirve de contrapeso al Poder Ejecutivo. El mal uso de la cuestión de confianza genera inestabilidad y polarización política, delimitarla bajo los parámetros constitucionales es tarea de este congreso», agregó.
Lo que sigue es que el Parlamento apruebe por insistencia, como corresponde, la norma sobre la cuestión de confianza.
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